LA NOTICIA: Medida de aseguramiento de detención preventiva contra Álvaro Uribe Vélez

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia le impuso al senador Álvaro Uribe Vélez la medida de aseguramiento de detención preventiva, sustituida por detención domiciliaria, como presunto determinador de los delitos de soborno a testigo y fraude procesal.

Las reacciones en contra y a favor de la medida llenaron las redes sociales, mientras que el presidente Iván Duque, en coincidencia con el segundo aniversario de su Gobierno, rechazó que el líder de su partido deba defenderse privado de la libertad.

El alto tribunal no quiso imponer una medida carcelaria y la sustituyó por una domiciliaria: el senador Álvaro Uribe Vélez «cumplirá la privación de la libertad en su residencia y desde allí podrá continuar ejerciendo su defensa con todas las garantías del derecho al debido proceso».

La providencia, de 1.554 páginas, habla de «posibles riesgos de obstrucción de la justicia, respecto al futuro recaudo de pruebas de hechos presuntamente delictivos que involucran tanto al senador Álvaro Uribe, como al representante Álvaro Hernán Prada».

En algunos de los comportamientos investigados habría intervenido el representante a la Cámara Álvaro Hernán Prada, a quien por ello la Sala le imputa el delito de soborno en calidad de cómplice. Conducta que legalmente, frente a la eventual pena a imponer, no reúne requisitos para imponerle medida de aseguramiento, aunque sigue vinculado al proceso.

La Corte dijo que las conductas por las que es investigado Uribe se dieron después del 16 de febrero del 2018, fecha en la que la Sala de Casación Penal compulsó copias contra Uribe, al archivar una denuncia que él había presentado contra Iván Cepeda.

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