El acoso judicial es una forma de agresión que consiste en interponer recursos legales contra periodistas o denunciantes que investigan e informan, en su mayoría sobre corrupción de políticos o sobre irregularidades en entidades del Estado. Algunos de esos recursos suelen ser demandas civiles, acusaciones criminales, procesos administrativos o acciones constitucionales (en el caso de Colombia).
Este tipo de demandas suele respaldarse en la defensa del buen nombre, del honor O de la intimidad de funcionarios(as) públicos, y de particulares con exposición pública. Los procesos judiciales que se emprenden tienen el propósito de intimidar a los periodistas, afectarlos emocional y económicamente y desincentivar su trabajo investigativo.
En el acoso judicial la víctima no es solo el periodista o denunciante, es también la sociedad que ve sus derechos reprimidos. Los derechos a recibir información y a la libertad de prensa y expresión de toda la ciudadanía están siendo oprimidos.
El acoso judicial no es una estrategia nueva de silenciamiento. Ha sido empleada en todo el mundo contra organizaciones sociales, pero ahora parece haber un auge del uso de este mecanismo contra la prensa. Entre 2018 y 2020 la Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP) registró 140 casos de acoso judicial contra periodistas en Colombia.
La FLIP empezó a registrar los casos de acoso judicial en Colombia en 2017, cuando se contaron 14 casos. En 2018 fueron 38, así como 66 en 2019, y 36 en 2020.
Según los registros de Artículo 19, en México solo se registró un caso en el 2015. Pero para el 2016 fueron 13. De nuevo 13 en 2017. 21 en 2018. 21 en 2019, y por último un ascenso a 39 en 2020.
El informe Leyes del silencio expone ocho casos de periodistas y defensores de derechos humanos de ambos países, entre ellos los de los periodistas colombianos Gonzalo Guillén, Juan Pablo Barrientos, Edison Lucio Torres y Sergio Mesa.
En esta sistematización de casos los autores pudieron constatar algunos patrones similares, como el hecho de que los demandantes o censuradores son casi siempre funcionarios del Estado o personalidades públicas, como políticos e influyentes figuras religiosas.
Tanto para la FLIP como para Artículo 19, es alarmante que en Colombia y México el aparato judicial se preste para el juego de intereses particulares y privados. En el acoso judicial contra un periodista se castiga al mensajero, al denunciante y por tanto, al derecho de todos a recibir información y a la libre expresión.